Un juzgado de la provincia de Barcelona declara la nulidad de
cláusulas abusivas en el contrato de préstamo de una mercantil. Se trata de un
caso más de abuso de posición dominante, en la que la entidad crediticia,
impone cláusulas leoninas a a sus clientes, aunque sean empresas.
En el
concreto caso, se trata de eliminar la cláusula abusiva del contrato por no
superar el control de incorporación al mismo. Retirar la cláusula abusiva,
supone volver a calcular los tipos de interés aplicables en este lapso de
tiempo, sin la limitación que supone la aplicación de la cláusula suelo, que
convirtió a un contrato de préstamo con garantía hipotecaria con tipos
variables en tipos fijos. Si tiene una empresa que ha contratado préstamos con
un banco, es posible que contenga las mismas cláusulas abusivas que afectan a
los particulares.
Lo más sensato es hacer un estudio de su contrato y estudiar
la cláusulas abusivas, para volver el mismo a unas condiciones óptimas, y
recuperar el dinero, que en su caso, haya pagado indebidamente a su banco.