lunes, 20 de abril de 2020

¿CÓMO COMPROBAR QUE NOS HAN ABONADO LA PRESTACIÓN POR DESEMPLEO TRAS UN ERTE? PASO A PASO...



Una vez gestionado el ERTE, el SEPE, que es la autoridad laboral; deberá gestionar el pago de la prestación al trabajador por el ERTE. Tenemos el derecho de saber el estado se encuentra la solicitud que nos afecta, y para ello podemos hacer una comprobación en internet a la dirección sede.sepe.gob.es/ o buscarla en un buscador: sede sepe.
Una vez dentro, ir a la sección “personas”, que abrirá un desplegable; una vez allí “consulte los datos y recibo de su prestación”, una vez seleccionado, se nos abre una nueva ventana que en la parte inferior dice “consultas de la prestación”.
Llegados a este punto hay que identificarse, ya sea por medio de “DNI electrónico o usuario clave”; o también cabe hacerlo por “datos de contraste” (rellenando los datos del NIF/NIE, los datos de la cuenta bancaria –sólo los últimos diez dígitos-; el teléfono y poner una código final para ver al sistema que no somos un robot… finalmente presionar en “acceder”, que aparece abajo.
En el caso que el SEPE no haya aprobado nuestra prestación, nos encontramos en una nueva pantalla con un mensaje que dice: “No hay ninguna solicitud pendiente de tramitación”, mensaje que aparecerá incluso si se está tramitando.
Si la solicitud que nos incumbe ha sido aprobada, nos lo indica la pantalla diciendo la fecha, que está “aprobada”, que el tipo de solicitud es de “alta inicial” y que el tipo de prestación es “prestación por desempleo”, en la misma pantalla aparece un enlace para un documento en formato pdf, donde aparece la resolución aprobando. Se muestra información más específica como la base reguladora, el tramo, los días de derecho…

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